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4. EL LENGUAJE PUBLICITARIO: TEXTO, IMAGEN, SONIDO Y...

Hubo un tiempo en que predominaba la publicidad estática en carteles bien situados.

Pero nuestra época le ha dado mucha más relevancia a la publicidad dinámica: en los medios audiovisuales, en Internet.

Un mensaje publicitario, incluso en los medios tradicionales, combina diversos códigos: texto, imagen, sonido. Veamos de qué manera.

En la publicidad del siglo XXI se añaden otros elementos: interactividad, juego, narratividad.

Observa y participa en el siguiente anuncio.

5. LOS TÓPICOS PUBLICITARIOS: ESTEREOTIPOS, PREJUICIOS Y MANIPULACIÓN

Uno de los recursos más facilones de la publicidad es el uso de tópicos: símbolos, situaciones, opiniones, incluso prejuicios, asumidos por una parte o por la mayoría de la población.

Es una de las causas por las que bastantes mensajes parecen superfluos, al cabo de un tiempo; o bien, sencillamente, pasan de moda porque han cambiado las costumbres y la mentalidad de la población.

Sin embargo, los publicistas tienen difícil "escapar del tópico": se apoyan en ellos para persuadirnos.

¿Cuál es la diferencia entre un tópico "demasiado tópico", insignificante; y un buen motivo para atender a un mensaje, junto con el producto que ofrece?

El hecho de que la publicidad no se dirija al conjunto de la población, sino a un público específico, con la intención de vender un producto, puede provocar el efecto pernicioso de que los valores del anuncio sean contrarios a los derechos humanos. El caso que provoca más controversia es el de la publicidad subliminal o asociativa, en la que se muestran imágenes imperceptibles a simple vista, o bien se asocian implícitamente valores positivos a productos con efectos negativos, como las drogas.

La legislación española, desde la Ley General de Publicidad de 1988, prohíbe algunas formas de publicidad: engañosa, desleal o subliminal. Consulta las razones en el siguiente enlace. Además, la Unión Europea ha ampliado el ámbito legislativo, de forma que la publicidad no contradiga lo dispuesto en otras leyes, como las que sancionan cualquier forma de discriminación. Sin embargo, en algunos extremos, como el de la publicidad subliminal, la legislación española es más avanzada con respecto a la protección del público: se prohíbe toda especie de manipulación, aunque sea "bienintencionada".

Hay empresas publicitarias que transgreden voluntariamente las leyes con el propósito de llamar la atención sobre un producto. Sin embargo, la pretensión de manipular a la audiencia puede provocar un efecto generalizado, no deseado: el rechazo a cualquier forma de publicidad.

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